Las nuevas regulaciones están escritas de una forma que causa un tanto de confusión y mal interpretación al leerlas, por ello nos hemos dispuesto a realizar este artículo.
Primero, entiéndase por:
Persona natural: Aquella que tiene derechos y obligaciones a título personal.
Persona jurídica: Aquella que tiene derechos y obligaciones, esta constituido por mas de una persona, puede interpretarse como empresa(con fines o sin fines de lucro)
De frecuencias y potencias permitidas:
Este es un tema en el cuál nos encontramos muchos errores al revisar en diversos artículos tanto de medios independientes como oficiales.
Lo primero es que no se puede hacer uso de todo el espectro de los 2GHz y 5GHz, estos estan limitados al tipo de persona sobre si es jurídica(proveedor de servicios) o natural(titular de red privada).
En las próximas tablas se observa a que nos referimos:
- Uso de banda de 2400 MHz a 2483.5 MHz

- Uso de banda de 5725 MHz a 5850 MHz

(* Solo hemos adjuntado las relacionadas con las personas naturales que es lo que mas complejidad ofrece a entender)
Para personas naturales, se pueden utilizar equipos con un máximo de hasta 200mW de potencia si se utilizan con el fin de establecer conexion con una red publica (ETECSA, Joven Club, etc). Más si se pretende crear un punto de acceso para la conexión de otros usuarios la potencia máxima permitida es de 100mW, tanto para el creador como para los usuarios.
Para la importacion de equipos:
El MINCOM emitirá luego de entrar en vigor esta resolución una lista con los dispositivos que pueden acceder desde el exterior, siempre sin fines comerciales.
Esto no significa que sean los unicos equipos que pueden ser introducidos al país: todo equipo con la potencia especificada en el reglamento, o pueda modificarse hasta la indicada puede ser introducido, solo que puede estar sujeto a un chequeo por parte del MINCOM para comprobar sus capacidades, y si no ofrece afectaciones al espectro radioeléctrico.
Para hacer entrada de estos equipos se puede llenar una solicitud en la página web por correo electrónico o personalmente en las direcciones territoriales de la unidad presupuestada técnica de control del espectro radioeléctrico, en un periodo de 30 días hábiles; esto se puede hacer antes de entrar el dispositivo.
Si se importa un dispositivo sin la autorización previa, puede solicitarse; luego de aprobada podrá recuperar dicho dispositivo.
De SNET y otras redes:
El limbo legal en el que estas se encontraban actualmente desaparece, y queda sujeto a la actual regulación aprobada, por lo que todas van a tener que sufrir modificaciones estructurales.
Lo primero es que los equipos utilizados en la conformacion de dichas redes infringen con lo establecido en el nuevo reglamento, el cual dicta que se dispone hasta 60 dias luego de entrar en vigor dicho decreto para retirar o legalizar los dispositivos y redes correspondientes.
SNET no es solamente redes inalámbricas, es también una extensa red de cable kilométrico que en ocasiones un cable cruza diversas “manzanas”. Esto tambien es afectado, pues con las nuevas disposiciones solo es posible la creación de estas redes siempre que no se crucen calles.
Esto va a crear un déficit en cuánto a dispositivos disponibles y una reestructuracion del cableado, puesto que se deben eliminar los “cruza calles” y sustituirlos por equipos de baja potencia capaces de cubrir las necesidades.
Soluciones?
En cuanto a los equipos inalámbricos hay que aumentar la densidad de equipos por área por la baja potencia que ofrecen los equipos autorizados:
Esto va a hacer que zonas muy alejadas que actualmente cuentan con conexión queden desconectadas.
Para crear esta restructuracion de la red, debe asignarse un propietario de red por manzana, declarar todas las direcciones físicas(MAC) de los dispositivos que la componen, y habiendo algún cambio en esta se debe actualizar en las oficinas correspondientes abonando un importe de 5CUP.
La interconexión entre estas redes debe hacerse a través de la red de ETECSA. El proveedor de servicios nacional.
A todo esto hay que sumarle el lugar del “aporte no obligatorio(que si no lo pagas no tienes acceso a toda la red)”; del cual no se tiene un registro actual de gastos. Las nuevas regulaciones dictan que estas redes deben ser sin fines de lucro, por lo que se tiene que crear un sitio contabilizado donde quede en total transparencia a donde se dirigen todos los aportes.
Igual los servicios que ofrezca dicha red(FTP, foro, juegos) debe estar registrado a la hora de solicitar la licencia.
Toda la solucion anteriormente expuesta es para el caso que la red sea tratada por personas naturales.
Existe una solución que da un poco mas de libertades, y es institucionalizar estas redes, es decir: convertirlas en personas jurídicas.
Este proceso está sujeto a consideración del estado.
Siendo personas jurídicas éstas tienen un mayor espectro de frecuencias disponible para su uso, y mayor potencia permitida en los equipos (de hasta 1W), por lo que pueden alcanzar mayores distancias.
Al hacer un cambio a persona jurídica esta entraria en categoria de “miniempresa” en la cual hay que definir una categoria jerárquica bien marcada, salarios, declaraciones de impuestos, y cobros para los usuarios.
Ya la administración de SNeT se pronunció en cuanto a sus intenciones, puedes ver mas acerca de ello aquí.
Beneficios o complicaciones:
Como podemos ver, estas leyes legalizan algo que estaba en un limbo legal, pero perjudican todo lo que hay construido y a la mayoría de las personas, que disponen con equipos de elevada potencia.
Cuéntanos, que crees que sucederá cuando entre en vigor esta ley?
Referencias:
*Todo lo antes expuesto es nuestra interpretacion de las leyes, cualquier incoerencia resaltarla en comentarios y juntos la revisarémos!
Que te puedo decir..practicamente lo que han hecho es matar las redes, como dice la cancion “se acabo la diversion llego el comandante y mando a parar”, al final todos salen perjudicados, excepto ESTRECSA, que es la que al final tienes que pagarle por hacer algo que al final ni generas ningun tipo de ingreso..en fin y despues no llenamos la boca de criticar a las grandes empresas tecnologias de monopolistas…cuando como dice el dicho no tires piedras al techo del vecino cuando tu techo es de cristal..